12 de mayo de 2014
De acuerdo con un artículo publicado en el Asesor Jurídico, las reglas del nuevo Código Forestal (Ley 12.651 / 2012) no retroactivos respecto de las multas impuestas por el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (IBAMA). Sobre la base de este entendimiento, la 5ª Región Tribunal Regional Federal mantiene completamente bien, prohibir y residencias construidas en plazo embargo de Área de Protección Permanente (APP) en el estado de Paraíba.
La demanda fue presentada por el Procurador General de la República sobre la base de la determinación del impuesto que resulta en multa $ 10.000 contra el propietario que levantó dos residencias en una APP. La construcción se llevó a cabo sin licencia o autorización de los organismos ambientales competentes.
El delincuente acordó demoler las casas, pero ha presentado una demanda exigiendo la reducción del 60% en valor, afirmando que el nuevo Código Forestal redujo de 100 metros a 30 metros del alcance de la preservación de áreas permanentes, lo que justificaría una reducción proporcional de la multa. Leer el artículo completo